Cine y PediatrÃa (439). ?Custodia compartida?, los hijos como trinchera
Se denomina como custodia compartida a la situación legal mediante la cual, en caso de separación matrimonial o divorcio, ambos progenitores ejercen la custodia legal de sus menores de edad, en igualdad de condiciones y deberes sobre los mismos. A diferencia de la custodia monoparental, donde la guardia y custodia de los menores no emancipados se concede a uno solo de los progenitores, por costumbre la madre, la custodia compartida ofrece la oportunidad a los padres de custodiar a los hijos en igualdad de condiciones y con los mismo derechos y deberes, y garantizar a los hijos su educación, alimento, hogar, salud y cualquier otra circunstancia. La custodia compartida puede ser conjunta o alterna (por periodos alternos de meses, semestres o incluso años) y siempre suele eliminarse el pago de la pensión alimenticia, puesto que se supone que cada progenitor se hace cargo de los gastos de sus hijos durante el periodo en que viven con ellos y el resto se soluciona a medias. Cuando en España se introdujo la custodia compartida en el Código Civil en el año 2005, solo un 2% de las familias se acogieron a esta opción, y actualmente ronda en el 30%, aunque muy desigual por Comunidades (40% en Cataluña frente al 8% en Extremadura). Y aunque la ley parece clara, existen aún dudas con la custodia compartida y situaciones en que no es conveniente para nadie, ya sea por motivos laborales, geográficos o por la existencia de conflictos muy graves, como en casos de v...
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pediatra basada en pruebas
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