ASPECTOS LEGALES APLICABLES A TÉCNICOS SUPERIORES EN DIETÉTICA
Desde hace muchos años existe una ?batalla? entre los Técnicos Superiores en Dietética (TSD ) y los Dietistas-Nutricionistas (Diplomados o Graduados en Nutrición Humana y Dietética, DN), más allá de las causas o de las razones en las que se argumentan los ataques de ambos ?bandos? debemos, como profesionales sanitarios, asegurar una buena praxis, y un código ético que permita salvaguardar la salud de los pacientes. En este sentido se debe asegurar el cumplimeinto de la ley por parte de TSD y de DN. En el siguiente artículo José David Velasco Andreu (@scientific_nutrifit en Instagram) resuelve dudas acerca de los TSD.
TRABAJAR DE FORMA AUTÓNOMA SIN SUPERVISIÓN
Real Decreto 536/1995, de 7 de abril - por el que se establece el título de Técnico superior en Dietética y las correspondientes enseñanzas mínimas (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php"id=BOE-A-1995-13285) Apartado 2.1.1 Competencia general?Elaborar dietas adaptadas a personas y/o colectivos y controlar la calidad de la alimentación humana, analizando sus comportamientos alimentarios y sus necesidades nutricionales; programar y aplicar actividades educativas que mejoren los hábitos de alimentación de la población, bajo la supervisión correspondiente.?
TRATAMIENTO DE PATOLOGÍAS - Dentro de la misma ley anteriormente mencionada.
Apartado 2.1.2 Capacidades profesionales.Elaborar dietas adaptadas a personas y/o colectivos con patologías específicas, interpretando y siguiendo las prescripci...
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nutrisfera
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31-10-2024 03:31 - (
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